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Devolución de IVA por sujeto pasivo

 

En este artículo te explicamos cuándo debes devolver el IVA y emitir una factura rectificativa si el cliente acredita que la operación debe acogerse a la inversión del sujeto pasivo.

Importante: este procedimiento aplica únicamente a operaciones con direcciones fiscales españolas.
Contenido
  1. Cuándo aplica la inversión del sujeto pasivo
  2. Qué debes hacer si ya has emitido factura con IVA
  3. Qué ocurre si el pedido aún no se ha enviado
  4. Resumen
1️⃣ Cuándo aplica la inversión del sujeto pasivo

Si un cliente te comunica que tiene la condición de revendedor, puede aplicar la regla de inversión del sujeto pasivo en IVA a la operación de venta.

Es recomendable que el cliente lo acredite mediante certificado emitido por la AEAT, con carácter previo o simultáneo a la operación.

Ten en cuenta que: la factura debe emitirse sin IVA y debe incluir la mención correspondiente a la inversión del sujeto pasivo, conforme al artículo 84.Uno.2.º g) de la Ley 37/1992 del IVA.
2️⃣ Qué debes hacer si ya has emitido factura con IVA

Si el pedido ya se ha enviado o está en posesión del cliente y este acredita su condición de revendedor, debes devolver el IVA y emitir la correspondiente factura rectificativa.

La nueva factura debe emitirse correctamente sin IVA, en una serie de facturación específica y con la mención de que aplica la inversión del sujeto pasivo a la operación.

  • Revisa la documentación aportada por el cliente.
  • Emite la factura rectificativa correspondiente.
  • Devuelve el importe del IVA cobrado inicialmente.
  • Conserva la documentación que acredita la condición de revendedor.
3️⃣ Qué ocurre si el pedido aún no se ha enviado

Si el cliente comunica su condición de revendedor antes de que el pedido se haya enviado y decides cancelar el pedido al conocer esta condición, no existe una norma fiscal que te obligue a realizar la operación.

4️⃣ Resumen
  • Si el cliente acredita que es revendedor: la operación puede acogerse a la inversión del sujeto pasivo.
  • Si el pedido ya se ha enviado o está en posesión del cliente: debes devolver el IVA y emitir factura rectificativa.
  • Si el pedido aún no se ha enviado: puedes cancelar la operación al conocer la condición de revendedor, si procede.
  • En todos los casos: conserva la documentación acreditativa aportada por el cliente.

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