En este artículo te explicamos cuándo debes devolver el IVA y emitir una factura rectificativa si el cliente acredita que la operación debe acogerse a la inversión del sujeto pasivo.
- Cuándo aplica la inversión del sujeto pasivo
- Qué debes hacer si ya has emitido factura con IVA
- Qué ocurre si el pedido aún no se ha enviado
- Resumen
Si un cliente te comunica que tiene la condición de revendedor, puede aplicar la regla de inversión del sujeto pasivo en IVA a la operación de venta.
Es recomendable que el cliente lo acredite mediante certificado emitido por la AEAT, con carácter previo o simultáneo a la operación.
Si el pedido ya se ha enviado o está en posesión del cliente y este acredita su condición de revendedor, debes devolver el IVA y emitir la correspondiente factura rectificativa.
La nueva factura debe emitirse correctamente sin IVA, en una serie de facturación específica y con la mención de que aplica la inversión del sujeto pasivo a la operación.
- Revisa la documentación aportada por el cliente.
- Emite la factura rectificativa correspondiente.
- Devuelve el importe del IVA cobrado inicialmente.
- Conserva la documentación que acredita la condición de revendedor.
Si el cliente comunica su condición de revendedor antes de que el pedido se haya enviado y decides cancelar el pedido al conocer esta condición, no existe una norma fiscal que te obligue a realizar la operación.
- Si el cliente acredita que es revendedor: la operación puede acogerse a la inversión del sujeto pasivo.
- Si el pedido ya se ha enviado o está en posesión del cliente: debes devolver el IVA y emitir factura rectificativa.
- Si el pedido aún no se ha enviado: puedes cancelar la operación al conocer la condición de revendedor, si procede.
- En todos los casos: conserva la documentación acreditativa aportada por el cliente.