En este artículo te explicamos cuándo debes gestionar la devolución del IVA si un cliente con CIF intracomunitario válido solicita la aplicación de la exención correspondiente.
- Cuándo aplica la devolución del IVA
- Qué debes comprobar
- Qué debes hacer como vendedor
- Resumen
La devolución del IVA por CIF intracomunitario debe gestionarse cuando el cliente acredita que la operación cumple los requisitos para aplicar la exención de IVA en entregas intracomunitarias.
Esta obligación se basa en el artículo 25 de la Ley 37/1992 del IVA, que regula las exenciones en las entregas de bienes destinados a otro Estado miembro.
Puedes consultar el texto legal en el siguiente enlace: Artículo 25 de la Ley 37/1992 del IVA
Antes de gestionar la devolución del IVA, debes comprobar que el cliente ha facilitado un CIF intracomunitario válido y que la operación cumple los requisitos aplicables.
- Verifica que el CIF intracomunitario facilitado por el cliente es válido.
- Comprueba que la operación corresponde a una entrega intracomunitaria de bienes.
- Conserva la documentación que acredite la validez del CIF intracomunitario y la operación realizada.
Si el cliente con CIF intracomunitario válido solicita la devolución del IVA y se cumplen las condiciones legales, debes gestionar la devolución correspondiente.
- Revisa la documentación aportada por el cliente.
- Comprueba la validez del CIF intracomunitario.
- Emite la factura o factura rectificativa que corresponda según el estado de la operación.
- Devuelve el importe del IVA cobrado cuando proceda.
- Conserva la documentación justificativa de la operación.
- Si el cliente acredita un CIF intracomunitario válido: debes revisar si la operación puede acogerse a la exención de IVA.
- Si se cumplen los requisitos legales: debes gestionar la devolución del IVA cuando el cliente lo solicite.
- Si no se acredita correctamente: no debes aplicar la devolución.
- En todos los casos: conserva la documentación justificativa.